AVISO URXENTE
Bo día, estimadas familias:
Por causa do peche do comedor escolar, o colexio necesita tramitar unha serie de axudas económicas ás familias, para que lles sexan enviadas á súa conta bancaria. Dado que todas as familias do noso centro teñen gratuidade no comedor, o colexio necesita con urxencia, de cada familia:
-Número de DNI da persoa representante legal do alumnado.
-Condicións de beneficiarios de comedor (por que os seus fillos teñen gratuidade no comedor).
-Nome e apelidos do representante (nai ou pai) do/s alumno/s.
-Nome, apelidos e curso dos fillos/fillas.
-Número de conta bancaria no que se quere recibir o aboamento da axuda.
Esta información debe ser enviada ao correo CANTO ANTES, posto que só temos uns días para enviala.
Por favor envíen os datos ao seguinte correo electrónico:
ceip.medeiros@edu.xunta.es
Artículo 14º.-Gratuidad o ayudas del servicio de comedor.
1. Serán beneficiarios de la totalidad de la ayuda establecida para el servicio de comedor escolar el alumnado escolarizado en el centro en los niveles de enseñanza obligatoria y segundo ciclo de educación infantil, que sean beneficiarios del servicio de transporte escolar y el alumnado en situación socioeconómica desfavorable, siempre que lo acredite documentalmente.
También disfrutará de este servicio gratuito el personal regulado en los artículos 8, 9 y 10 de la presente orden. No obstante, cando se dé el supuesto recogido en el párrafo segundo del artículo 8.2º, el personal únicamente tendrá derecho a la gratuidad del servicio de comedor en los períodos en los que desarrolle la labor de atención a los usuarios.
2. Asimismo, serán beneficiarios de la mencionada ayuda, total o parcial del 50%, el alumnado del centro que, no incluido en el párrafo anterior, cumpla el requisito de renta económica o sea miembro de familia numerosa.
3. Se entenderá que el alumnado cumple el requisito de renta económica:
-A los efectos de ser beneficiario de gratuidad total del servicio de comedor cuando la renta neta anual de la unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la integran, no supere la cantidad de 3,5 veces el IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples).
-A los efectos de ser beneficiario de gratuidad parcial del 50% del servicio de comedor cuando la renta neta anual de la unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la integran, se encuentre entre 3,5 y 5,5 veces el IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples).
4. Se entenderá que el alumnado cumple el requisito de familia numerosa:
-A los efectos de ser beneficiario de la gratuidad total del servicio de comedor cuando el número de hijos/as sea de cuatro o más.
-A los efectos de ser beneficiario de gratuidad parcial del 50% del servicio de comedor cuando sea tres el número total de hijos/as.
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